Ya está disponible el acceso al formulario para la solicitud del certificado de consumidor electrointensivo:
Es necesario presentar:
- Modelo de cuestionario electrónico de solicitud.
- Poderes de representación del firmante.
- Informe verificado por un auditor de cuentas inscrito en el ROAC que certifique el cálculo correcto del valor añadido bruto de cada uno de los tres últimos años.
- La certificación de consumidor electrointensivo será válida durante el año que se solicitó y hasta el 30 de abril del año siguiente.
Procedimiento anual de renovación de la solicitud.
El Real Decreto 1106/2020 del 15 de diciembre de 2020 regula el Estatuto de los consumidores electrointensivos. Resumimos en este documento su contenido.
Estatuto de Consumidores Electrointensivos
¿Qué ventajas aporta?
Se estima que los ahorros pueden alcanzar de 2 a 3 €/MWh para el consumidor.
- Compensación por la financiación de la retribución específica a renovables y cogeneración de alta eficiencia y por la financiación adicional en los territorios no peninsulares.
- Compensación hasta un máximo del 85% de los costes imputables por estos conceptos.
- Subvenciones que se convocarán para este fin en procedimiento de concurrencia competitiva.
- El importe máximo global destinado en la correspondiente convocatoria se prorrateará entre los beneficiarios de esta.
- Convocatorias anuales, podrán realizarse de forma separada para cada tipo de ayudas.
- Mecanismo de cobertura de riesgos derivados de la adquisición a medio y largo plazo de energía eléctrica por consumidores electrointensivos → a partir de 01/01/2021el Gobierno mediante RD establecerá el mecanismo.
¿Cuáles son los requisitos para ser considerado electrointensivo?
Para ser considerada electrointensiva, una empresa debe cumplir los siguientes requisitos:
- Punto único de suministro. El cumplimiento de los siguientes requisitos se hará por cada punto de suministro. Es decir, cada punto de suministro (CUPS) deberá cumplir los requisitos y realizar los trámites pertinentes.
- Consumo mínimo. Será necesario un consumo de al menos 1 GWh al año, durante al menos 2 de los 3 años anteriores.
- Consumo en valle. Al menos 50% de su consumo deberá hacerse en período valle, incluyendo el autoconsumo.
- Solo podrán ser consideradas electrointensivas empresas cuyo CNAE esté en la lista del anexo.
- Cociente entre consumo y Valor Añadido Bruto (VAB*). El consumo mínimo de electricidad debe ser de 1,5 kWh por cada € de VAB generado (ver definición).
- Empresas que no dispongan de histórico podrán presentar previsiones.
* Es la diferencia entre la producción valorada a precios básicos y los consumos intermedios valorados a precios de adquisición. La producción valorada a precios básicos no incluye los impuestos sobre los productos tales como el IVA, los Impuestos Especiales y otros impuestos similares, mientras que sí incluye las subvenciones a los productos. Este valor se revisará anualmente → presentar informe verificado por un auditor inscrito en el ROAC.
¿Cuáles son los requerimientos para obtener las ayudas?
Los requisitos para que una empresa pueda acogerse a las ayudas a consumidores electrointensivos son:
- Consumo predecible. Debe ser capaz de dar una previsión mensual que se cumpla al 75%, excluyendo la interrumpibilidad:
- Aportar al Operador del Sistema a previsión de forma mensual según procedimiento a definir por la Dirección General de Política Energética y Minas.
- El consumidor deberá disponer de los equipos, sistemas y comunicaciones requeridos por la normativa de aplicación (procedimiento a definir por REE).
- ISO 50001. Disponer de la ISO 50001 implementada y certificada, en un plazo de dos años desde la concesión del certificado.
- Auditoría Energética e inversiones. De la auditoría energética que incluya el sistema de gestión energética referido en el apartado anterior, los consumidores electrointensivos deberán realizar al menos cada cuatro años y para cada uno de los emplazamientos incluidos en el sistema de gestión, las actuaciones para la mejora del desempeño energético que puedan ser consideradas económicamente rentables, entendiendo como tales aquellas actuaciones cuyo periodo de recuperación simple de la inversión no sea superior a tres años.
- Informe anual. Durante al menos los tres años siguientes a la recepción de la ayuda o, en su caso, acogimiento al mecanismo establecido para el consumidor electrointensivo y antes del 31 de diciembre de cada año, dicho consumidor deberá remitir un informe detallado al Ministerio para la Transición Ecológica sobre las medidas implantadas, el detalle de los consumos de electricidad y de los distintos tipos de combustibles, así como la producción relevante y las ratios de consumo eléctrico y térmico por unidad de producto.
- Contratación eléctrica. Deberán acreditar, en el plazo de un año desde su certificación como consumidores electrointensivos, la contratación de, al menos, un 10 por ciento de su consumo anual de electricidad mediante instrumentos a plazo, directa o indirectamente, con una duración mínima de tres años. Quedan excluidos los consumidores que sean PYME.
- Empleo y actividad. El estatuto hace referencia al artículo V del RD 20/2018, en el que se establece la obligación de mantener la actividad productiva por al menos 3 años de la recepción de las ayudas, con algunas excepciones para empresas en crisis.
¿Qué pasos debo seguir para conseguir las ayudas?
Los pasos deberán ser los siguientes:
- Determinar si la empresa (punto de suministro) cumple los requisitos para ser considerada electrointensiva.
- Determinar los costes subvencionables y la intensidad de las ayudas. Si interesa, proceder al punto 3.
- Cumplir los requerimientos para lograr las ayudas, incluida la realización de la auditoría energética y la implementación de la ISO 50001.
- Solicitar al Ministerio de Industria, Comercio y Turismo la concesión de las ayudas.
¿Cómo podemos ayudarte?
Cognit ha auditado más de 7.000 GWh e implementado la ISO 50001 varias empresas del sector. Gracias a nuestro soporte, muchos de nuestros clientes se acogerán a las ayudas para consumidores electrointensivos. Podemos ayudarte en todos o algunos de los pasos necesarios para obtener las ayudas:
- Realización auditorías energéticas según RD 56/2016.
- Implantación sistemas de gestión ISO 50001/2018.
- Auditoría de informes mensuales/anuales energéticos e informes vinculantes.
- Auditoría de mejoras realizadas e informe vinculante.
- Soporte en las tramitaciones administrativas.
Contáctanos sin coste o compromiso para discutir la situación de tu empresa, y cómo proceder.