¿Cómo afecta la nueva normativa de riesgos ambientales a tu organización?
Más de 5.000 empresas en España están sujetas al cumplimiento de la Ley 26/2007 de Responsabilidad Medioambiental, que tiene como objetivo regular la responsabilidad de los operadores de prevenir, evitar y reparar los daños medioambientales, de conformidad con el artículo 45 de la Constitución y con los principios de prevención y de “quien contamina, paga”.
No obstante, no todas las actividades están sujetas a esta normativa pero, si tu actividad está incluida entre las siguientes, es probable que tu empresa deba cumplir requisitos legales de Responsabilidad Medioambiental:
- Operadores Seveso.
- Instalaciones de combustión.
- Producción y transformación de metales.
- Industrias minerales.
- Industrias químicas.
- Gestión de residuos.
- Industrias derivadas de la madera.
- Industria textil.
- Industria agroalimentaria y explotaciones ganaderas.
- Consumo de disolventes orgánicos.
- Industria del carbono.
- Tratamiento de aguas.
Concretamente, la nueva orden APM/1040/2017 establece unas fechas límite para la entrada en vigor de la obligatoriedad de constituir garantía financiera a las actividades clasificadas con nivel de prioridad 1 y 2, que son las siguientes:
- Plazo máximo para actividades con prioridad 1 el 30/10/2018.
- Plazo máximo para actividades con prioridad 2 el 30/10/2019.
¿Cuáles son tus responsabilidades?
- Realizar un análisis de riesgos ambiental para cada una de las plantas.
- Calcular el coste de reparación del daño medioambiental, siguiendo la metodología del RD 2090/2008 (artículos 33 y 36 según la redacción dada en el R.D. 183/2015).
- Constituir la garantía financiera por ese importe.
- Presentar la declaración responsable que proceda ante la Dirección General de Sostenibilidad del Gobierno de Aragón, según los modelos del Anexo IV del Real Decreto 2090 (según la modificación del R.D. 183/2015).
- Mantener la garantía financiera durante toda la vigencia de la actividad.
- Actualizar la cuantía mínima de la garantía financiera según se establece en el artículo 38 del RD 2090/2008.
¿Cómo podemos ayudarte?
En COGNIT contamos con un equipo multidisciplinar especializado con capacitación específica para cumplir en tiempo y forma las exigencias marcadas. ¿Cómo? Aplicamos las metodologías recomendadas por MAPAMA para la elaboración del Análisis de Riegos Ambientales (UNE 150.008) y la monetización de los riesgos (MORA), lo que asegura la realización de trabajos rigurosos de un alto nivel de calidad.
Así, desde COGNIT te ayudamos a cumplir en tiempo y forma tus requisitos legales en Responsabilidad Medioambiental. Para ello, hemos habilitado un cuestionario de contacto donde podremos resolver tus dudas. Estaremos encantados de poder ayudarte.